lunes, 25 de agosto de 2008

TEMA 2 - FUNCION DERECHO PENAL


EL DERECHO PENAL EN LA SOCIEDAD.
La Función del Derecho Penal

En la época primitiva, si fuésemos testigos de una conducta humana mediante la cual un sujeto(“A”) ocasiona la muerte de otro(“B”), con un objeto contundente; podríamos constatar que en aquellos tiempos, frente a una conducta lesiva no existía una institución que concentrara un específico poder de reacción punitiva; si no que éste se encontraba disperso en los miembros de la comunidad (tribal u otras).

En aquel entonces, la reacción tomaba la forma externa de “venganza”, de violencia por violencia, y como no existía una organización política que concentrase el poder, y fijase los límites de esa reacción, la venganza se convertía en una reacción directa, desproporcionada, inhumana, ilimitada y que trascendía al autor de la conducta lesiva. Directa, por cuanto la reacción se aplicaba sin admitir oposición (juicio previo, derecho de defensa); Desproporcionada, por que la venganza lesionaba bienes jurídicos de mayor importancia; Inhumana, por que la vida humana era fácilmente sacrificada; Ilimitada, por que la venganza no sólo se aplicaba al autor de la conducta lesiva, sino también, a su familia, tribu, gens, etc.

Al surgir el Estado primigenio, como organización política que concentró el poder, impuso a la sociedad un orden de acuerdo a las ideologías y creencias imperantes en aquella época (Ej. Ley del Talión). Y, luego de un mayor desarrollo cultural, surge el Estado moderno que termina por imponer un orden jurídico, basado en el respeto a la dignidad de la persona humana y la defensa de los derechos fundamentales.

De todas las normas jurídicas las de carácter penal son las que aparecen como de mayor preocupación para las personas que no poseen conocimientos técnicos respecto al derecho[1].Es común para los particulares calificar a tal o cual comportamiento como delictivo y manifestar la necesidad de que el Estado reaccione con la imposición de una pena. Este interés se incrementa cuando en virtud a ciertas campañas periodísticas se hace surgir en los particulares una sensación de inseguridad frente a lo que se presenta como un crecimiento desproporcionado de algunos sectores de la delincuencia tradicional[2].Pero tal vez no es muy común que estas personas, que con insistencia opinan sobre el sistema penal y reclaman su protección, reparen con seriedad (al menos hasta el momento en que caen en sus engranajes[3]);entre otras cosas en: cuál es la misión que debe cumplir el derecho punitivo; si es que el delito es una realidad social a la que el legislador sólo contribuye para lograr su obligatoriedad; si los jueces tienen libertad irrestricta para aplicar penas; cuando podemos afirmar con certeza que estamos ante un delito; si las personas que han colaborado con el delincuente pueden ser merecedoras de alguna sanción; cuál es la importancia del delincuente para la cuantificación de la pena; si la pena privativa de libertad (conocida como de cárcel) es la única forma de reaccionar ante el delito; si siempre que se pronuncia una sentencia condenatoria en la que se impone una pena privativa de libertad ésta va a tener que cumplirse dentro de una prisión, etc. Este panorama debe cambiar si el miembro de la sociedad al que nos estamos refiriendo es un profesional del derecho o lo estudia, éste debe responder, aunque no con el nivel y recursos con que lo haría un ius penalista, a las interrogantes consignadas y a otras elementales que se le planteen sobre el sistema penal.

[1] Dr. Víctor Burgos Mariños. .En este sentido,Claus Roxin en; ROXIN,ARTZ,TIEDEMANN.Introducción al derecho Penal y al Derecho Penal Procesal.
[2].Es todavía reciente la campaña que los medios de comunicación iniciaron a raíz de que se encontraron algunas niñas muertas y con signos de haber sido violadas.
[3].Sea como procesados,víctimas,o familiares de alguno de ellos.ZAFFARONI,Eugenio.En busca de las penas perdidas. Pg 15.

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